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Reserva forestal los predios de 2.800 m.s.n.m.

Mediante Acuerdo 012 de junio 12 de 1995 emanado por honorable Concejo Municipal de Sopó, se declaró como zona de reserva forestal y ambiental los predios a partir de la cota de 2.800 metros sobre el nivel del mar, toda vez que el espacio correspondiente a la zona de reserva forestal y ambiental se encontraba en un bosque de transición, entre bosque andino bajo seco en su mayoría y bosque andino bajo húmedo, conformado por relictos de especies arbóreas como encenillo, tuno esmeraldo, mortiño, chite, cedro, roble, sietecueros, laurel, etc. las cuales constituyen el refugio de especie de la fauna.

Sin embargo, para ese momento, se encontró que la actividad agropecuaria que se adelantaba en la zona, estaba acelerando los procesos de deforestación en relictos de vegetación nativa y al ser un ecosistema frágil y dada la importancia hídrica que poseía esa zona, debía dotarse de un régimen especial para su manejo, con el fin de conservarlo y protegerlo, por cuanto se encontraban áreas captadoras de precipitación pluvial y de recarga de acuíferos que surtían el caudal inicial de las quebradas de la Moya (Mi Padre Jesús), Toribio, Bellavista, El Chuscal, la Zorrera, Meusa, etc. importantes cuerpos de agua para los diferentes acueductos veredales.
Por su parte, la Administración Municipal de Sopó, solicitó a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR tomar las medidas tendientes a preservar este recurso y, en consecuencia, luego de los avances obtenidos a partir de los estudios técnicos, ecológicos y jurídicos adelantados por la Corporación, se hizo evidente la necesidad de declarar el Área de Reserva Forestal Protectora los terrenos que estaban comprendidos sobre la cota de los 2.800 msnm.

La CAR, mediante Acuerdo 017 del 07 de octubre de 1.998 acordó declarar como área de Reserva Forestal Protectora los terrenos que conformaban la parte alta de la cuenca de las quebradas La Moya, Toribio, Bellavista, El Chuscal, Meusa en la cadena montañosa de sub páramo, Pionono y los cerros de Montenegro, los Estados y localizado en comprensión territorial del Municipio de Sopó, Cundinamarca, predios que en su conjunto, para efectos del acuerdo recibieron el nombre de Área de Reserva Forestal Protectora de «Pionono» RFPP.